La voz de los mediadores y mediadoras en la Constitución - Plenaria Nacional
Encuentro autoconvocado Nº 2.346 - Realizado el 19/06/2021
Lugar de Realización
Santiago
Modalidad
Virtual
Nº de Participantes
125
Validada Por
Claudia Orellana S.
Ana Silva S.
Ingrid Florido G.
Gloria Plaza M.
Viviana Arellano R.
Varinia Penco R.
Viviana Navarro B.
Constanza Cerda O.
Natalia Tamarín E.
Carla Oyaneder M.
Romina Rodríguez M.
Benjamín Sebastián Molina Cifuentes
Isabel Jara S.
Geraldina Avilés O.
Javier Ochoa M.
Patricia Duclerc A.
Karen Quintanilla P.
Patricia A. Silva Ejsmentewicz
Bernardita Albornoz S.
Julio Felipe Viveros C.
Registro Fotográfico
Documentación del Cabildo
- 1_INFORME__PRELIMINAR_DE_II_ENCUENTRO_DE_MEDIADORES_Pedro_-_Septiembre.docx 221 kb
- Ideas_Fuerzas-_Plenario_UNO_compressed.pdf 8.9 mb
Conclusión 1 2 - Sobre Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía
Tema: Principios
La nueva Constitución de Chile, debe incorporar como principio y garantía universal el Derecho de la Paz y el Dialogo y el uso de la Resolución Colaborativa de Conflictos en toda dimensión humana; personal, familiar, comunitaria, vecinal, institucional, penal, laboral, civil, intercultural, educativa, pública y privada. Para ello es necesario crear y fortalecer una norma constitucional acorde, que incluya un capítulo especial en la nueva Carta Fundamental. De aquello se debe desprender una institucionalidad y normativa acorde, que permita que este principio y esta actividad esté presente en las leyes correspondientes, incluso la posibilidad de una ley especializada (ley de mediación), que incluya la creación de una entidad reguladora, como Superintendencia o Subsecretaria.
Conclusión 2 4 - Derechos Fundamentales
Tema: Educación
1.- El trabajo que se realiza a nivel educativo debe extenderse para que la comunidad educativa (profesores, alumnos y apoderados) incluya dentro de su rol la necesidad de la promoción de la cultura del dialogo, la prevención del conflicto y el uso de formas colaborativas de resolver los conflictos que se manifiesten. Deben consolidarse mecanismos de capacitación permanente a los distintos actores del mundo educativo.
2.- El mundo universitario debe comprometerse a extender la necesidad de que la sociedad y sus instituciones incorporen los mecanismos colaborativos para enfrentar los diversos conflictos. Además deberá formar al mundo académico en este modelo de convivencia, desarrollando la formación especializada de mediadores, incluir en malla curricular de todas la carreras, realizar estudios e investigaciones sobre el tema del conflicto y los resultados del uso de procedimientos alternativos de resolución de conflictos, como asimismo capacitación especializada, seminarios, congresos y publicaciones.
Conclusión 3 6 - Sistema de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional
Tema: Justicia local
Es necesario que los mecanismos alternativos de resolución de conflictos, no adversariales y participativos, deban ser extendidos a todos los sectores y áreas de la vida social, institucional, comunitaria, pública y privada, asegurando su extensión, amplitud y consolidación a través del fortalecimiento de normas pertinentes, asignación de recursos humanos y financieros, sistemas de control y supervisión, como asimismo su incorporación en los sistemas educativos de todos los niveles, como asimismo del mundo laboral, sanitario, civil, penal, vecinal, comunitario e intercultural. Para ello es necesario crear y fortalecer una norma constitucional acorde, que incluya un capítulo especial en la nueva Carta Fundamental. De aquello se debe desprender una institucionalidad y normativa acorde, que permita que este principio y esta actividad esté presente en las leyes correspondientes, incluso la posibilidad de una ley especializada (ley de Mediación), que incluya la creación de una entidad reguladora, como Superintendencia o Subsecretaria.
Conclusión 4 4 - Derechos Fundamentales
Tema: Derecho a la verdad, la justicia, la reparación integral de las víctimas, sus familiares y a la sociedad en su conjunto
Para el desarrollo y extensión de la Cultura de la Paz y el Dialogo y el uso de Resolución Colaborativa de Conflictos y la mediación, es fundamental que La Constitución, el Estado y la Sociedad los garanticen como derechos fundamentales, a través de las políticas públicas y normativas pertinentes, que logren el cumplimiento efectivo de estos derechos en relación con el ejercicio de otros como derecho del trabajo, la salud, la educación, las condiciones socioeconómicas mínimas, la participación, la libertad, entre otros, especialmente a los sectores más vulnerables como la infancia, los adultos mayores, las mujeres, los pueblos originarios, los migrantes, las personas pobres y en situación de calle, personas con identidad sexual diversa, entre otros sectores sociales de nuestro país que promuevan a su vez una sociedad inclusiva, dialogante, de mayor cohesión social, intercultural, y fundamentalmente democrática y participativa.
Lugar de Realización
Santiago
Modalidad
Virtual
Nº de Participantes
125
Validada Por
Claudia Orellana S.
Ana Silva S.
Ingrid Florido G.
Gloria Plaza M.
Viviana Arellano R.
Varinia Penco R.
Viviana Navarro B.
Constanza Cerda O.
Natalia Tamarín E.
Carla Oyaneder M.
Romina Rodríguez M.
Benjamín Sebastián Molina Cifuentes
Isabel Jara S.
Geraldina Avilés O.
Javier Ochoa M.
Patricia Duclerc A.
Karen Quintanilla P.
Patricia A. Silva Ejsmentewicz
Bernardita Albornoz S.
Julio Felipe Viveros C.