Encuentro por los Animales en la Constitución
Encuentro autoconvocado Nº 3.810 - Realizado el 25/02/2021
Lugar de Realización
Santiago
Modalidad
Virtual
Nº de Participantes
17
Validada Por
Marysabel Pavez J.
Documentación del Cabildo
Conclusión 1 5 - Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico
Tema: Derechos de la naturaleza y vida no humana
Se busca incorporar a los animales no humanos considerando los siguientes elementos: (i) individualidad de los animales no humanos ; (ii) deber estatal ; y (iii) sintiencia. Estos elementos, teniendo en consideración a los animales como sujetos de Derecho y no como objetos.
Propuesta de articulado:
“Los animales no humanos son seres sintientes y se les reconoce como sujetos de derecho con el objeto de garantizarles, en su calidad de individuos, derechos que aseguren una existencia libre de tratos degradantes y concordantes con su valor inherente.
Con la finalidad de garantizar sus derechos, el Estado deberá legislar, actuar y tomar medidas, basándose en el principio de progresividad, por medio de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial.
Las acciones u omisiones que afecten o vulneren los intereses propios de los animales, serán conocidas por la acción constitucional de amparo respectiva.
Existirá un organismo autónomo denominado Servicio de Protección de los Animales, con patrimonio propio de carácter técnico, el cual tendrá como objetivo la observancia, fiscalización y aplicación de las sanciones que correspondan, de manera coordinada con otros órganos de la administración del Estado.
Una ley determinará la composición, organización, funciones y atribuciones de dicho organismo.”
Lugar de Realización
Santiago
Modalidad
Virtual
Nº de Participantes
17
Validada Por
Marysabel Pavez J.