1 - Sobre Sistema Político, Gobierno, Poder Legislativo y Sistema Electoral
Norma Aprobada en Pleno
Artículo Nº 2.-
Principio de probidad.
El principio de probidad consiste en observar una conducta intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular.
Comparte esta Propuesta en:
Esta Norma cuenta con:
0 comentarios de la Ciudadanía
Actualizado 18/05/2022 04:59
Comentario
Para comentar esta norma primero tienes que autentificarte.