Artículo Nº 35.-
De la coordinación de la Autoridad Nacional del Agua.
La ley regulará las instancias de coordinación entre la Autoridad Nacional del Agua y el Ejecutivo, especialmente respecto de la Política Nacional Hídrica, así también la organización, designación, estructura, funcionamiento, y demás funciones y competencias de la Autoridad Nacional, como de los organismos de cuenca.
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Actualizado 28/06/2022 15:23
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