Artículo Nº 21.-
De la elaboración, aprobación y reforma del Estatuto Regional.
El proyecto de Estatuto Regional será propuesto por la Gobernadora o Gobernador Regional a la Asamblea Regional respectiva, para su deliberación y acuerdo, el cual será aprobado por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.
El proceso de elaboración y reforma del Estatuto Regional deberá garantizar la participación popular, democrática y vinculante de sus habitantes.
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Actualizado 18/05/2022 06:42
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