6 - Sistema de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional
Norma Aprobada en Pleno
Artículo Nº 7.-
Principio de proximidad e itinerancia.
Los tribunales, con la finalidad de garantizar el acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva, podrán funcionar en localidades situadas fuera de su lugar de asiento, siempre dentro de su territorio jurisdiccional.
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Actualizado 18/05/2022 05:06
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