4 - Derechos Fundamentales
Norma Aprobada en Pleno
Artículo Nº 44.-
Derecho a reunirse y manifestarse pacíficamente.
Todas las personas tienen derecho a reunirse y manifestarse en lugares privados y públicos, sin permiso previo.
Las reuniones en lugares de acceso público sólo podrán restringirse en conformidad a la ley.
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Actualizado 20/05/2022 13:31
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