Libre asociación entre Nación Pueblo Rapa Nui y Nacion Chilena, bajo el tratado de acuerdo de voluntades de 1888entre el Rey Atamu Tekena y PolicarpoT
Iniciativa Nº 438
Tema: Autonomías territoriales e indígenas
Actualizado 02/07/2022 00:29
Esta es una Propuesta de:
Joyce Pakomio B.
Disponible Desde:
26 Ene26 de enero2022-01-26
Documentos Adjuntos:
Problema a Solucionar:
Por años el Pueblo Rapa Nui se ha reunido con la esperanza de poder implementar iniciativas que protejan y salvaguarden nuestra tierra. Generaciones que ya no nos acompañan trabajaron arduamente por cimentar la base de lo que nos parece justo: el reconocimiento y ratificación del Tratado de Acuerdo de Voluntades de 1888, entre nuestro Rey Atamu Tekena y el capitán de fragata Chileno Policarpo Toro.
Situación Ideal:
Buscamos se reconozca el Tratado de Acuerdo de Voluntades de 1888 entre nuestro Rey Atamu Tekena y Policarpo Toro, para clarificar y cimentar el punto de inicio en las discusiones jurídicas que transversan a nuestro pueblo.
En dicho Tratado se define
claramente la relación de Libre Asociación entre la Nación Maori Rapa Nui y la Nación
Chilena, dejando en evidencia los Derechos de Propiedad y Dominio de la Nación
Maori Rapa Nui sobre su Territorio y todos sus Recursos. Es importante mencionar que el territorio de Te Pito O Te Henua se extiende desde la Isla de Rapa Nui hasta la Isla Motu
Motiro Hiva, con sus territorios aéreos, subsuelos marinos y columnas de aguas
adyacentes a éstas.
Hacemos hincapié en el ejercicio de nuestro Derecho a la Libre Determinación el que está
garantizado por el Art. 5° inciso segundo de la Constitución Política de la Republica de
Chile, por medio del cual son incorporados al ordenamiento nacional con rango
Constitucional: los Tratados de Derechos Humanos y en particular, los Pactos
Internacionales de las Naciones Unidas de Derechos Civiles y Políticos y Derechos
Económicos, Sociales y Culturales; el Convenio 169 de la OIT; la Declaración de las
Naciones Unidas sobre el Derechos de los Pueblos Indígena entre otros.
Propuesta de articulado
Considerando:
Que con fecha 9 de septiembre de 1888, en Rapa Nui, se firma un acuerdo de voluntades entre el Rey Atamu Tekena y el capitán de fragata chileno Policarpo Toro.
Que el Tratado Acuerdo de Voluntades fue aceptado por el Estado Chileno.
Que el instrumento de ratificación de dicho Tratado se encuentra en Original y copia fiel.
Decreto:
Artículo único: Promúlgase la ratificación del Tratado Acuerdo de Voluntades de 1888, firmado por el Rey Atamu Tekena y el capitán de fragata chileno Policarpo, garantizando la libre determinación de la Nación Pueblo Rapa Nui.
Esta es una Propuesta de:
Joyce Pakomio B.
Disponible Desde:
26 Ene26 de enero2022-01-26