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  • Respecto a la subcontratación de personas en agencias de empleos y similares que usufructen con trabajo ajeno.

Queremos agradecer la gran participación de la ciudadanía en este inédito proceso de democracia directa.
😊 ¡Felicitaciones! 😊

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4 - Derechos Fundamentales
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Respecto a la subcontratación de personas en agencias de empleos y similares que usufructen con trabajo ajeno.

Iniciativa Nº 45.894

Tema: Derecho al trabajo y su protección

Esta Propuesta Cuenta con:

33 Apoyos de la Ciudadanía

Ya no se aceptan más apoyos

Actualizado 21/05/2022 17:06

Esta es una Propuesta de:

Foto de persona

Sebastián Anabalón N.

Disponible Desde:

22 Ene22 de enero2022-01-22

Logo Convención Constitucional

Problema a Solucionar:

Lo que he encontrado completamente injusto es la forma en que a la gente que solicita empleo y postula a través de una empresa contratista o sub contratista hace que los sueldos sean miserables. Estas empresas deberían tener un tope de máximo un año para usufructuar de trabajo ajeno y liberar al trabajador de su contrato para luego pasar por ley a la nómina de la empresa que lo acoge para laborar. Subiendo su sueldo mensual y mejorando sus beneficios.

Situación Ideal:

La situación ideal es que haya una ley constitucional que este Arraigada a la honra de las personas para mejorar el trato tan indigno que representa el subcontrato.

Qué debe Contemplar la Nueva Constitución:

Que se entable un artículo en la Constitución respecto al trabajo y de cómo debe funcionar el subcontrato.

¿Con qué argumentos tú o tu organización respaldan esta propuesta?

Han sido decenas de años que la situación laboral no mejora ya que estas empresas subcontratistas viven de la rotación de personal. Denigrando el empleo y a su gente.

Propuesta de articulado

Sobre el subcontrato y la dignidad del trabajo.

Toda persona merece dignidad en su trato y en el trabajo que efectúa en su día a día.

Las empresas de subcontrato deben ser limitadas y por ende su servicio también. Por lo que el contrato que mantiene con el trabajador no debe superar el año. Luego de eso la empresa que contiene al trabajador tiene la obligación de pasarlo a planta.
Esto con el objeto de mejorar la situacion económica y la salud del trabajador.

Breve reseña sobre quién o quiénes proponen y la historia de la elaboración de la iniciativa

Esta reseña la propongo yo, Sebastián Anabalon Nilo, técnico superior en administración de RR.HH. Y como estudiante de primer año de Ingeniería de la UAH. Pero por sobretodo, porque actualmente trabajo como reclutador en una empresa subcontratista.

Esta es una Propuesta de:

Foto de persona

Sebastián Anabalón N.

Disponible Desde:

22 Ene22 de enero2022-01-22

  • Tema:
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  • Convención Constitucional
Proyecto apoyado por:
  • Universidad de Chile
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  • Registro Civil
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  • Gobierno Digital
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Desarrollado por:
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